Ejidatario

Definición:

Miembro de un ejido con derecho a voto en sus asambleas. Tienen además derecho a una parcela y un solar dentro del ejido, y a aprovechar las tierras de uso común. Los derechos de los ejidatarios son hereditarios. Pueden ser también venidos por sus propietarios, u otorgados por la asamblea ejidal o el tribunal agrario.

Corresponsal: Pablo Landa Ruiloba